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lunes, 30 de septiembre de 2013

El Rol Protagónico del TSJ en la denuncia del Pacto de San José por parte de Venezuela












Por: Juancarlos Vargas

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, incorporó notables avances en materia de derechos humanos, de hecho, el propio preámbulo establece que uno de sus fines es la garantía universal e indivisible de los derechos humanos. A pesar que el Estado venezolano ha ratificado los principales tratados internacionales sobre derechos humanos, y que la Constitución de 1999 incorporó importantes preceptos sobre la materia, la justiciabilidad de estos derechos ante los tribunales nacionales ha sido limitada, en nuestro criterio ha influido significativamente en este asunto la manera en que se ha venido aplicando e interpretando el derecho internacional de los derechos humanos en el derecho interno por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó un número importante de decisiones contentivas de aplicaciones de tratados internacionales sobre derechos humanos en el derecho interno, contrarias a los más  elementales principios de derecho internacional, lo cual como se verá de seguida la convirtió en un actor protagónico con respecto a la decisión que tomó el entonces Presidente Hugo Chávez Frías de denunciar la Convención Americana sobre Derechos Humanos en fecha 10 de septiembre de 2012, decisión esta que habría decretado el abandono de Venezuela de dicha convención a partir del 10 de septiembre del presente año, una vez que transcurrió el período de 1 año contados a partir de la recepción de la notificación de la denuncia, que establece el Artículo 68 del propio tratado interamericano, y como consecuencia la aparente imposibilidad para la Corte Interamericana de ejercer su jurisdicción contenciosa contra el Estado venezolano.

jueves, 19 de septiembre de 2013

Golpe contra los derechos humanos










JUANCARLOS VARGAS |  EL UNIVERSAL
jueves 19 de septiembre de 2013  12:00 AM
El pasado 10 de septiembre se cumplieron los requisitos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos para que Venezuela deje de estar obligada a cumplir las obligaciones plasmadas en este tratado, y en consecuencia, quede al margen de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). No obstante, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) seguirá teniendo competencia sobre el Estado venezolano para conocer de violaciones consagradas en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

Lo antes señalado constituye una ruptura con respecto a lo que había sido la política del Estado venezolano en materia de DDHH, toda vez que Venezuela  ratificó la mayoría de los tratados internacionales sobre derechos humanos que se han aprobado tanto en el ámbito de la ONU como en el de la OEA, también impulsó la adopción de estos instrumentos mediante participación activa en los foros internacionales. Asimismo, se debe recordar que el primer presidente de la CIDH fue don Rómulo Gallegos.