Por: Juancarlos Vargas
Para desarrollar este tema, se debe analizar como Nicolás Maduro, quien se desempeñaba como Vicepresidente Ejecutivo al momento que ocurrió la desaparición física de Hugo Chávez, asumió el cargo de Presidente Encargado. Para ello bastó que la Sala Constitucional interpretase el Artículo 233 para decidir que Maduro al encargarse de la Presidencia ipso facto dejaba de ser Vicepresidente Ejecutivo y quedaba facultado para ejercer plenamente todas las funciones que le confiere la Constitución a quienes resultan electos presidentes a través del sufragio directo, secreto y universal, esto se traduce en que Maduro como Presidente Encargado pasó a ser Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, y por si fuese poco la sentencia señala que no tiene que separarse de su cargo de Presidente Encargado para participar en los comicios electorales del próximo 14 de abril.
