Por: Eduardo Rodríguez-Weil
Firma Invitada
El Estado venezolano, en su condición
de sujeto de derecho internacional, es titular de derechos y obligaciones internacionales.
Entre sus deberes destacan el cumplir las normas del derecho internacional humanitario
y derechos humanos, y puede responder ante tribunales internacionales, en caso
de violarlos.
Sin embargo, no sólo el Estado, sino
sus agentes, eventualmente pueden responder ante tribunales internacionales por
cometer crímenes internacionales, si los tribunales nacionales, por varias
razones, son incapaces de administrar justicia en el caso concreto. En
consecuencia, el control que pueda ejercer el gobierno
sobre el poder judicial, no garantiza la impunidad de sus agentes.
