viernes, 3 de mayo de 2013

Nota de Alerta enviada a la CIDH por profesores venezolanos de Derecho Internacional Público por represión contra los estudiantes


Sr. Emilio Álvarez Icaza
Secretario Ejecutivo
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
Washington, D.C.
Presente.-

Estimado Sr. Álvarez Icaza:

Tenemos a bien dirigirnos a ustedes, en nuestro carácter de profesores venezolanos de derecho internacional público de distintas universidades públicas y privadas del país, con el propósito de hacer de su conocimiento que el Estado venezolano podría estar incurriendo en violaciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en perjuicio de jóvenes estudiantes venezolanos, quienes manifestaban contra el resultado electoral de las pasadas elecciones del 14 de abril.

Como es del conocimiento de esta honorable Comisión, el pasado 14 de abril del presente año se realizaron elecciones presidenciales en Venezuela en las que fue proclamado como ganador Nicolás Maduro, resultado que no ha sido reconocido por el candidato opositor Henrique Capriles Radonski, quien exige se realice una auditoría completa del proceso electoral. Esto suscitó que principalmente entre los días 15 y 17 de abril, un número importante de jóvenes estudiantes realizaran diversas manifestaciones conjuntamente con otros ciudadanos e integrantes de la sociedad civil, en ejercicio del derecho constitucional a la protesta pacífica (artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), en diversas partes del país, las cuales fueron reprimidas de forma injustificada e incluso criminalizadas por el Gobierno venezolano.

Según los principales medios de comunicación venezolanos, como El Nacional y El Universal, y organizaciones como Amnistía Internacional, actualmente hay cientos de  denuncias sobre diversas prácticas, como detenciones ilegales, torturas y tratos degradantes, lesiones graves por disparos a quema ropa en zonas delicadas del cuerpo, que incluso provocaron la muerte de varios manifestantes (entre 7 y 8, al 22 de abril).

Estos hechos constituirían una violación de los artículos 1, 4, 5, 7, 8, 9 y 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual es de obligatorio cumplimiento para el Estado venezolano por cuanto aún no se ha cumplido con el lapso previsto en el artículo 78 de esa Convención para que produzca efecto la denuncia  interpuesta  en fecha 10 de septiembre de 2012.

Solicitamos muy respetuosamente a esta honorable Comisión Interamericana de Derechos Humanos  que solicite información al Estado venezolano sobre los hechos arriba descritos.

Sin más a que hacer referencia, aprovechamos para manifestarle las seguridades de nuestra más alta estima y consideración.
Caracas, 3 de mayo de 2013
Atentamente


Adolfo P. Salgueiro UCAB

Angelina Jaffe UNIMET

Claudio Sandoval UCV-UNIMET

Eduardo Rodríguez-Weil UCV-UNIMET

Jesús M. Rojas Guerini UCV

Juancarlos Vargas UCV-UCAB

María Teresa Belandria UCV

Mariano de Alba Uribe UMA

Milagros Betancourt UCAB

Ofelia Riquezes UNIMET

Simón Gómez-Guaimara UCAB-UNIMET

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