lunes, 22 de abril de 2013

Comunicado Profesores de Derecho Internacional Público





Sr. Ban Ki-moon, Secretario General de las Naciones Unidas
Sra. Fatou Bensouda, Fiscal de la Corte Penal Internacional
Sr. José Miguel Insulza, Secretario General de la Organización de Estados Americanos
Sr. José de Jesús Orozco Henríquez, Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos
Sr. Enda Kenny, Presidente del Consejo de la Unión Europea
Sres. Embajadores acreditados en Venezuela
Srs. Medios de comunicación nacionales e internacionales
Considerando que el Estado venezolano tiene el deber de cumplir con sus obligaciones internacionales, entre las cuales destacan algunas normas de materia electoral, so pena de incurrir en responsabilidad internacional.
Considerando que de conformidad a la práctica internacional, el Estado venezolano no debe invocar disposiciones de derecho interno para justificar el incumplimiento de una obligación internacional.
Considerando, que en la Declaración y Programa de Acción de Viena aprobados en Junio de 1993 por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se recomendó que se concediera prioridad a las medidas nacionales e internacionales para promover la democracia, los derechos humanos y el desarrollo.
Considerando, que de conformidad con el artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana, y el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Estado venezolano está internacionalmente obligado a celebrar elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal.
Considerando, que de conformidad con el artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, y el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Estado venezolano debe garantizar a toda persona el derecho humano de participar y ser elegido en elecciones que reúnan los requisitos arriba señalados, como expresión de la voluntad soberana del pueblo. 
Considerando, que el candidato Henrique Capriles Radonski ha denunciado ante las autoridades competentes y la comunidad nacional e internacional, que en el pasado evento electoral de fecha 14 de abril de 2013 ocurrieron graves irregularidades, como ventajismo del Gobierno en acceso a medios de comunicación y uso de recursos del Estado en la campaña electoral y en la movilización de votantes, intimidación de testigos en los centros de votación, inconsistencias entre comprobantes de votación y actas, coacción a los votantes, voto asistido, parcialidad incontrovertida de los miembros del Consejo Nacional Electoral, entre otras; y por lo tanto solicitó una auditoría del 100% de los votos, así como de los cuadernos de votación, acta de escrutinio y acta de verificación.
Considerando que hay razones suficientes para poner en duda la veracidad del resultado electoral, por cuanto las elecciones no fueron celebradas conforme a los criterios de libertad y justicia arriba señalados.
Nosotros, profesores de Derecho Internacional Público, abajo firmantes, actuando sin ningún interés político personal, nos vemos en el deber de expresar nuestra posición sobre  las recientes elecciones presidenciales ocurridas el 14 de abril y los eventos que se han venido presentando en los días siguientes, y en consecuencia señalamos:
El Estado venezolano incurrió en un hecho ilícito internacional y, en consecuencia, se hace exigible su responsabilidad internacional por no realizar elecciones libres y justas que sean  auténtica expresión soberana del pueblo venezolano.
Negar al candidato Henrique Capriles Radonski y al pueblo venezolano la auditoría solicitada, viola los derechos humanos de participación política tanto del candidato como de los electores, ya que no se les ha permitido expresarse de forma libre y justa, en la escogencia de sus gobernantes.
La constitución de un gobierno cuyo presidente sea electo a través de un proceso electoral no transparente, constituye una violación al derecho a la democracia reconocido en la Carta Democrática Interamericana, por cuanto no se configura un elemento esencial de la democracia representativa, que es “la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo” (artículo 3).
La intransigencia del gobierno para abrir canales de solución pacífica a la crisis accediendo a la petición de auditoría en los términos planteados por la oposición (negada expresamente por  Nicolás Maduro, rectores del Consejo Nacional Electoral, y por los presidentes de la Asamblea Nacional y Tribunal Supremo de Justicia) agravados por la prohibición de manifestaciones pacíficas, prohibición del derecho de palabra en la Asamblea Nacional y Cuerpos Legislativos Regionales a aquellos Diputados que no reconozcan los resultados electorales, proclamación y juramentación de Nicolás Maduro como presidente antes de realizar la auditoría solicitada, y el posible inicio de procedimientos penales contra líderes de la oposición que podrían calificarse como persecución política; contribuyen a agravar la crisis que vive el país, y eventualmente pueden desencadenar en un conflicto armado interno en donde los derechos humanos, normas de derecho internacional humanitario y normas de derecho penal  internacional, se vean amenazadas.
La comunidad internacional tiene la responsabilidad de proteger a la población de un Estado soberano cuando éste no pueda protegerla, adoptando medidas preventivas que eliminen las causas de un potencial conflicto, y actuando en caso que este conflicto llegare a presentarse.
Siendo el interés primordial de la comunidad internacional que en Venezuela se mantenga la paz y se respeten los derechos humanos, exhortamos a la comunidad internacional y a los gobiernos y organismos que ustedes representan, que -en la medida de sus competencias- exijan al Estado venezolano poner fin a su conducta internacionalmente ilícita y ofrezca seguridades y garantías adecuadas de no repetición; que insten al Gobierno que adopte las medidas para solucionar la crisis política -entre las que destaca realizar la auditoría solicitada por la oposición- y que cumpla con su deber de garantizar y permitir el ejercicio de los derechos humanos y que honre sus compromisos internacionales.
Adolfo P. Salgueiro UCAB
Angelina Jaffe UNIMET
Claudio Sandoval UCV-UNIMET
Eduardo Rodríguez-Weil UCV-UNIMET
Fernando Gerbasi UNIMET
Jesús M. Rojas Guerini  UCV
Juancarlos Vargas UCV-UCAB
María Teresa Belandria UCV
Milagros Betancourt UCAB
Ofelia Riquezes UNIMET
Simón Gómez-Guaimara UCAB-UNIMET

2 comentarios:

  1. Excelente que seamos escuchados en el mundo entero, hemos sido victima de fraude tras fraude y realmente no hace falta tener pruebas para poder asegurarlo, la actitud asumida por los entes oficiales lo determina, asi como este es un proceso plagado de irregularidades, donde tradicionalmente se dan los escrutinios por estados y l tendencia, lo cual la hicieron irreversible con una diferencia tan pequeña, sin contabilizar los 190 mil venezolanos en el extranjero y sin indicar como fue la tendencia por estado, como dice el dicho: El que no la debe no la teme o sera que temen algo???

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